124. Subvenciones y solvencia económica.

Transcripción:

Esta duda no es frecuente, aunque en periodo pre-electoral, tiempos de subvenciones, y fondos next generation, es posible que pueda interesar a más de una, o de uno. 

¿Pueden considerarse las subvenciones como volumen de facturación?

Al fin y al cabo es dinero recibido y gestionado por la empresa, o el profesional beneficiario de la subvención.

Esta es la duda. 

Esta cuestión afecta especialmente a los negocios que organizan formación bonificada, aunque también a los de nueva o reciente creación, pasando por todos los de corte innovador en el ámbito de la tecnología o cualquier otro ámbito susceptible de ser beneficiario de subvenciones debido a sus características.

Vamos al origen de la cuestión.

En la gran mayoría de los casos, en los Pliegos de Cláusulas Administrativas de las licitaciones y en referencia a la solvencia económica encontraremos escritas cosas como esta: 

La solvencia económica del empresario se acreditará mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por un importe de Tantos mil euros.

La Ley de Contratos del Sector Público prevé tres medios distintos para acreditar la solvencia económica, aunque lo más común es que esta se refiera siempre al volumen anual de negocios.

El volumen anual de negocios es lo que comúnmente nosotros llamamos facturación. La cifra de facturación de la empresa o el profesional. Bueno, o de la cooperativa, fundación, asociación,…

Entonces, para empezar, tenemos que aclarar qué es, o qué se considera facturación.

Y para ello hay que acudir al diccionario y ahondar un poco más para acotar con precisión qué se considera facturación.

Y lo cierto es que en este caso contamos con distintas referencias para aclarar la cuestión. Tres de ellas son las que nos ayudarán a dejar esto claro.

En primer lugar El artículo 35 del código de comercio que define de forma clara y concisa qué es facturación, textualmente: La cifra de negocios comprende los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, sin tener en cuenta las bonificaciones o impuestos. 

En segundo lugar la legislación sobre el IVA, el Impuesto sobre el Valor Añadido, que a estos efectos, establece que: Los  empresarios  o  profesionales están obligados a expedir factura y copia de esta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad

Y en tercer lugar, la resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas es -según el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad- quien tiene la autoridad para pronunciarse sobre estas cuestiones. Sería por tanto, el ‘diccionario’ definitivo a este respecto.

Establece que: Los ingresos por el desarrollo de la actividad ordinaria se reconocerán cuando la empresa transfiera el control de los bienes o servicios a los clientes. En ese momento, el ingreso se valorará por el importe que refleje la contraprestación a la que la empresa espere tener derecho a cambio de dichos bienes o servicios.

Todas estas definiciones se pueden resumir en esta: la cifra o volumen anual de negocios es una magnitud definida por la normativa contable como el importe de las ventas y de las  prestaciones  de servicios  u otros  ingresos  correspondientes  a las  actividades  ordinarias  de la empresa.

O dicho de otra manera: la facturación es lo que cobras por lo que haces o entregas a tus clientes.

Lo que nos lleva de nuevo a la Ley de Contratos del Sector Público. Ya que cuando habla de Volumen anual de negocios se refiere a facturación, a las ventas, o en el argot contable, al Importe neto de la cifra de negocios.

Y el importe neto de la cifra de negocios se expresa en la cuenta de pérdidas y ganancias, y suma las cantidades contabilizadas en las cuentas 700 a 705.

Y la cuenta de pérdidas y ganancias y lo reflejado en ella como importe neto de la cifra de negocios es lo que comprobará el órgano de contratación.

Si has tocado algo de contabilidad en tu vida, por formación, necesidad, o curiosidad sabes de qué te estoy hablando. 

Y si no, quédate con que lo que facturas por lo que haces o entregas es lo único que en la contabilidad se refleja como ingreso, como facturación. 

Y que eso es lo que en un órgano de contratación van a entender y buscar en tu depósito de cuentas.

¿Y qué pasa con las subvenciones?

En la contabilidad el dinero ingresado por una subvención también va al grupo contable 7, el correspondiente a Ventas e ingresos, aunque va a la cuenta 740, que no es tenida en cuenta para calcular el importe neto de la cifra de negocios en la cuenta de pérdidas y ganancias, y que por tanto no puede ser tenida en cuenta como volumen anual de negocios.

Recordemos lo comentado en los episodios 105, 106 y 107 dedicados a comparar las subvenciones y la contratación pública:

En el caso de una subvención el propósito de la administración no es satisfacer una necesidad o hacer una inversión, sino el fomento de acciones o conductas, la realización de proyectos, o incluso el mantenimiento de actividades. 

En una subvención no hay intercambio: esta es la clave , no hay transferencia del control de los bienes o servicios a los clientes.

En resumen: 

  • No hay que confundir ingreso con facturación. 
  • La subvención es un ingreso, va a la cuenta contable 740.
  • Lo que define qué es cifra o volumen anual de negocios es la normativa contable.
  • La normativa contable considera como Importe neto de la cifra de negocios lo contabilizado en las cuentas contables 700 a 705.
  • La cifra o volumen anual de negocios, la facturación, el Importe neto de la cifra de negocios (llámalo como quieras) es la suma de las facturas emitidas por las ventas que tienen origen en las actividades ordinarias de un negocio.

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